Tipos de pensión

A la hora de terminar tu vida laboral –por haber cumplido la edad legal, por algún impedimento para continuar trabajando o por fallecimiento – el sistema previsional chileno te otorga a ti (o a tus familiares) una pensión producto de tus propios aportes durante la vida activa.

Existen tres tipos de pensiones, dependiendo de la causa por la cual se otorga:

  1. Pensión de vejez: Es tu derecho. Una vez que hayas cumplido los 65 años de edad para los hombres y 60 años de edad las mujeres, podrás acogerte a la pensión que acumulaste en tu AFP. No es una obligación inmediata y, mientras más pospones la desición, el monto va teniendo un incremento mes a mes.
  2. Pensión de invalidez: Es una pensión para aquellas personas que pertenecen a una AFP y sufren algun daño permanente en su capacidad productiva, a consecuencia de alguna enfemedad o daño físico/intelectual. La Comisión Médica de la Superintendencia de Pensiones, es el organismo que declara esa invalidez.
  3. Pensión de sobreviviencia: Cuando afiliado a una AFP fallece, estando activo o pensionado, los familiares que cumplan los requisitos y disposiciones legalen tienen derecho a recibir un monto de dinero mensual.

Si recibiste dinero por tu jubilación, una opción muy buena para invertirlo es comenzar un emprendimiento propio o cumplir algún deseo pendiente de tu lista personal.

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¿Qué significa pensionarse?

Es acogerse a un retiro laboral, por cumplimiento de la edad legal o por alguna otra situación (como la invalidez) que te obligue a hacerlo. Cada tipo de pensión implica requisitos y procesos administrativos.

¿Quién se ocupa de gestionar mi pensión?

Las pensiones son gestionadas por el propio trabajador, por sus beneficiarios en caso de fallecimiento y por la Administradora de Fondos de Pensiones.

¿Qué es una Administradora de Fondos de Pensiones?

Son sociedades anónimas especializadas, administran los fondos y ahorros para la pensión a través de un sistema de capitalización individual de las pensiones de vejez, invalidez y sobrevivencia.

¿Cuál es el monto de cotización obligatorio de mi pensión?

Todos los afiliados a una AFP deben contribuir con el 10% de las remuneraciones o rentas imponibles, con un tope de 81,7 UF.

¿Cómo aumento el monto de mi jubilación?

Existen distintas maneras: el Ahorro Previsional Voluntario (APV), la Cuenta de Ahorro Voluntario (Cuenta Dos) y los Depósitos Convenidos son tres de ellas.

¿Quién puede recibir mi pensión de sobrevivencia?

Los potenciales beneficiarios de una pensión de sobrevivencia son: el/la cónyuge, hijos, padres o conviviente civil.